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El cambio en el gravamen es transitorio y forma parte de las medidas fiscales adoptadas por el Gobierno para hacer frente a los efectos económicos derivados del conflicto bélico en Ucrania y otros factores, como la sequía. Estas medidas, anunciadas en junio por el Consejo de Ministros, incluyeron la prórroga temporal del 0% de IVA en productos básicos como el aceite de oliva hasta septiembre. Sin embargo, a partir del 1 de octubre, se aplicará un tipo del 2% hasta final de año.
A partir de 2025, el aceite de oliva será considerado un bien de primera necesidad, lo que permitirá aplicar el tipo superreducido del 4%. Esta decisión evita que el producto vuelva al gravamen anterior del 10%, que se había implementado antes de la reducción temporal de IVA en alimentos esenciales.
El Congreso de los Diputados, en su sesión de enero, convalidó el real decreto-ley que introducía varias medidas fiscales para paliar los efectos de la guerra en Ucrania y la sequía. Este paquete incluyó, entre otros puntos, la reducción temporal del IVA en alimentos básicos, como el aceite de oliva, con el fin de aliviar el impacto del encarecimiento de la cesta de la compra para los consumidores.