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El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios. Al mismo tiempo, modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
El real decreto contiene directrices para controlar el comercio ilegal vinculado a los intercambios internacionales; prohibir el comercio electrónico de productos fitosanitarios (salvo los de uso no profesional); e impulsar el uso obligado de un registro electrónico de transacciones y operaciones, en este caso a través de una aplicación informática centralizada en el MAPA que permitirá realizar la trazabilidad completa de la cadena de suministro.
Además, la norma regula el almacenamiento de los productos fitosanitarios, tanto en las explotaciones agrarias como en las empresas de distribución, y actualiza la normativa referida a los ensayos con estos reorganizando a la vez las actuaciones de todas las autoridades competentes en la materia.
Por lo que respecta al Programa de Control Oficial de Comercialización de Productos Fitosanitarios, el nuevo real decreto lo incorpora al Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria.
Los productos fitosanitarios son mezclas químicas cuyo objetivo es proteger a los vegetales y sus productos de organismos nocivos que puedan poner en peligro la producción alimentaria y la disponibilidad de alimentos. Sin embargo, su utilización también puede tener efectos desfavorables para la producción vegetal y riesgos para la salud humana, animal y medioambiental. De ahí la necesidad de regular de una manera estricta su uso