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El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que unifica los coadyuvantes tecnológicos autorizados en los procesos de elaboración de alimentos y garantiza la seguridad en sus usos y controles.
Los coadyuvantes tecnológicos son sustancias cuyo empleo es fundamental para la elaboración y obtención de alimentos, aunque su efecto, a diferencia de los aditivos, enzimas y aromas alimentarios, no repercute ni están presentes en el producto final.
Su característica principal es que se utilizan con un fin tecnológico durante la producción de los alimentos. Es el caso, por ejemplo, del hidróxido sódico que se utiliza para aderezar algunas preparaciones de la aceituna de mesa y que, una vez cumplida su función en el proceso (quitar el amargor del fruto), se elimina con un lavado y no tiene efectos en el producto final que llega a las personas consumidoras.
Con este Real Decreto, el Ministerio de Consumo agrupa en una sola norma los coadyuvantes tecnológicos que se encuentran autorizados actualmente y que, hasta la fecha, estaban disgregados en 20 normas distintas de carácter sectorial que necesitaban actualizarse para adaptarlas a la realidad de los procesos de elaboración de alimentos.
La norma también incorpora nuevas sustancias autorizadas y regula el procedimiento que se aplicará en el futuro para modificar el listado de las existentes, de forma que se garantiza la protección de la salud de las personas consumidoras.
Además, al no existir en la Unión Europea una regulación armonizada de los coadyuvantes tecnológicos, el Ministerio de Consumo ha unificado las disposiciones relativas a las especificaciones y etiquetado de estas sustancias con el fin de garantizar su seguridad, correcta identificación y empleo.