Legislación/PAC

El Gobierno modifica la normativa para la aplicación de la PAC para 2017

Mapama 3744
Foto: Mapama

El último Consejo de Ministros, celebrado el pasado 30 de diciembre, ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican ciertos aspectos sobre la normativa vigente para la aplicación en España de la Política Agraria Común. En concreto, la nueva norma modifica cuatro Reales Decretos sobre la aplicación, a partir de 2015, de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural y la asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común para la campaña 2017.

En relación con el agricultor activo, debe contar con unos ingresos agrarios, distintos de los pagos directos, que supongan al menos el 20% de los ingresos agrarios totales, para recibir pagos de la PAC, la modificación realizada establece que, en caso de que no cumpliera ese requisito, se aplicaría como una situación de riesgo, exigiéndole que demuestre que ejerce la actividad agraria y asume el riesgo empresarial de la actividad que desempeña.

Por otro lado, se posibilita que las personas físicas puedan recibir pagos directos de la PAC, aunque desarrollen determinadas actividades excluidas en principio de la percepción de las ayudas, si están dados de alta en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios de la Seguridad Social.

Igualmente se establece expresamente que, a efectos de las actividades consideradas no agrarias, se tendrá en cuenta no solo al solicitante, sino a las entidades asociadas vinculadas con el mismo.

También se presentan mejoras en el ámbito de las cesiones de derechos de pago básico, para dar respuesta a situaciones específicas que se vienen dando de forma puntual desde el comienzo de aplicación del régimen de pago básico regionalizado, relacionadas con las expropiaciones de tierras agrícolas por parte de la administración, y con los procesos de concentración parcelaria.

En el régimen de los pequeños agricultores, se han introducido las modificaciones indicadas por la Comisión europea en el ámbito de la cesión de los derechos, de forma que el pequeño agricultor podría recibir derechos mediante cesiones o herencias, pero no podría activarlos, ni acumularlos con los importes de los derechos que ya tenía en el caso de las herencias, a no ser que presente una renuncia a este régimen simplificado.

Entre otras cosas, también se modifica la redacción de las causas de fuerza mayor debidas a una catástrofe natural, para que el reconocimiento de esta causa de fuerza mayor por la autoridad competente sea más rápida, de forma que se pueda dar una respuesta más ágil a los agricultores afectados por estos fenómenos climáticos adversos y no se ralentice la percepción de los pagos que podrían percibir.


En base a esta nueva norma se abrirá la campaña de solicitud de las ayudas directas de la PAC el próximo 1 de febrero. Desde el 16 de octubre de 2017 hasta el 30 de junio de 2018 se abonarán pagos por un valor total de 4.926 millones de euros a los agricultores que presenten su solicitud y cumplan las condiciones establecidas para el cobro de las ayudas. En el año 2016 presentaron su Solicitud Única de ayudas un total de 795.010 productores.

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