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La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha abierto un plazo de consulta pública para la elaboración de un decreto para la protección del sector agrícola y ganadero. Los agentes del sector y la ciudadanía en general tienen hasta el próximo día 13 de agosto para presentar sus aportaciones a una norma que busca dar una respuesta "coordinada, rápida y eficaz" a cualquier adversidad que pueda afectar a la actividad agraria.
El decreto contempla un protocolo de actuación y la creación, sin que lleve aparejado, en palabras de Rodrigo Sánchez, "ningún aumento del gasto público", de un órgano autónomo permanente dentro de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural para situaciones de adversidad climática, ambiental y accidentes, plagas o enfermedades de características catastróficas en el sector agrario. Podrá contar, además, con el asesoramiento de personas expertas de acuerdo al evento dañoso que se pretenda prevenir, paliar y abordar, así como la posterior recuperación del cultivo o la cabaña ganadera afectada.
El objetivo, como ha anotado Sánchez Haro, es regular las actuaciones públicas en caso de catástrofes, fenómenos meteorológicos, accidentes, enfermedades que afectan a los animales o plagas. En esta línea, el nuevo órgano autónomo permanente podrá hacer estudios, propuestas y seguimientos de medidas relativas a cualquier evento que ocasione o pueda provocar graves pérdidas en la agricultura y la ganadería andaluzas e incluye funciones propias como la elaboración de informes y planteamientos a otros órganos colegiados, ya sean de la Junta de Andalucía o del Estado. De sus actuaciones se dará traslado a los ciudadanos andaluces, en particular a agricultores y ganaderos, a través de sus representantes.
Se dotará al sector de un marco normativo que proporcionará transparencia, objetividad y seguridad en la valoración de los eventos de carácter catastrófico. Asimismo, graduará la necesidad de intervención pública por parte de la Junta de Andalucía para la adopción de medidas reactivas y recuperativas de la actividad agraria que pueda verse interrumpida o gravemente afectada por fenómenos catastróficos o asimilados a ellos por su intensidad o extensión. Se promueve, además, el impulso, el seguimiento y la evaluación de las medidas preventivas que puedan reducir la incidencia de los fenómenos climáticos, desastres naturales y catástrofes en el sector.