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Los trabajadores del campo pueden utilizar sus vehículos para desplazarse al campo, a la almazara, o a su zona de trabajo durante el estado de alarma. Así lo ha acreditado el Ministerio de Agricultura en una nota publicada para solventar dudas respecto a la situación legal de los agricultores en este contexto excepcional. La agricultura, como actividad prioritaria, seguirá funcionando y los trabajadores tendrán libertad para desplazarse si es en aras de mantener su actividad productiva.
La nota publicada por el Ministerio reza que "según el artículo 3.3 de la orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo, se pueden utilizar furgonetas para el traslado de los trabajadores al campo y para trasladar a marineros y trabajadores de los buques pesqueros a los puertos, siempre que no se ocupe más de un tercio de los asientos disponibles de la ocupación máxima del vehículo y guardando las medidas de seguridad dictadas por Sanidad. De esta forma, podrán viajar juntos en un turismo dos trabajadores (el conducto y otro pasajero que viajará detrás del asiento del copiloto), y tres en una furgoneta con capacidad para nueve personas. Se deberán tomar las medidas de precaución necesarias para mantener una distancia de seguridad apropiada entre los ocupantes dentro del mismo. En todo caso, se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor".
Ante las dudas también surgidas sobre cómo acreditar que un agricultor se desplaza hacia su lugar de trabajo, el Ministerio afirma que si bien "no existe la obligación de una acreditación particular para esta situación", las organizaciones y entidades pueden facilitar de manera voluntaria justificantes para sus asociados que sirvan de cara a su entrega a las autoridades competentes en caso de que fuese requerida.