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Los sistemas voluntarios para transmitir la información nutricional van a seguir dando que hablar, recientemente comentábamos el informe que desde la Comisión Europea se había presentado para valorar las formas adicionales de expresión y presentación y ahora desde el Ministerio de Consumo se ha lanzado la consulta pública previa a la elaboración del futuro «Real Decreto relativo a la utilización voluntaria del logotipo nutricional «Nutri-Score» en los productos alimenticios», comentamos algunos de los aspectos que consideramos de interés en el artículo.
Por lo que conocemos a través de la consulta pública desde el Ministerio de Consumo se pone el acento en que la mejor transmisión de la información nutricional al consumidor permita que pueda elegir la opción más adecuada para su dieta. Con este planteamiento la futura legislación quiere alinearse una alimentación más saludable y que tal como se indica favorezca «la toma de decisiones saludables, especialmente en los grupos sociales más desfavorecidos, así como reforzar e impulsar diferentes políticas de salud pública ya existentes, especialmente la reformulación de alimentos y la educación para una alimentación saludable».
La situación actual en cuanto a las fórmulas voluntarias para trasladar la información nutricional es confusa, dado que, si bien se trata de un supuesto que se ha contemplado en el Reglamento 1169/2011, no ha se ha abordado de forma armonizada en la UE y vemos que en cada país se está planteando de distinta forma. Ante este panorama la iniciativa del Ministerio de Consumo se ha alineado con el sistema que surgió en Francia (Nutri-Score), no obstante, lo más relevante desde punto de vista José María Ferrer, jefe del departamento de Legislación alimentaria de ainia, es cómo se va concretar esta regulación a través del futuro Real Decreto relativo a la utilización voluntaria del logotipo nutricional «NUTRI-SCORE» en los productos alimenticios.
Contando con la incertidumbre de no disponer todavía del texto del proyecto a entendemos que se propondrá una disposición legal perfectamente alineada con el Reglamento (UE) Nº 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor para recomendar a los operadores de empresas alimentarias el uso voluntario de una o más formas de expresión o presentación de la información nutricional. Tiene especial importancia el hecho de que se trate de una recomendación, que probablemente la presión social y el uso por parte de los principales operadores alimentarios acabará convirtiendo en un aspecto obligatorio.
Para Ferrer, es necesario fijar un marco legal para el empleo de estos sistemas de carácter voluntario, de lo contrario nos encontramos con una maraña de posibles opciones y la inseguridad que se genera a los operadores alimentarios a la hora de atender posibles solicitudes al respecto por parte de otros operadores o de los consumidores. Además de lo necesario de esta medida desde el punto de vista de la seguridad jurídica, también lo es en cuanto que será una herramienta que contribuirá a una posible mejora en la alimentación de los consumidores, digo, una posible mejora ya que es necesario fomentar más medidas para mejorar la formación de los consumidores en este ámbito y de esa forma lograr una sociedad que se alimente de forma más saludable.
Por último, tengamos en cuenta que la regulación sobre estos aspectos de la información nutricional también abre un abanico de posibilidades para que el sector agroalimentario mejore la formulación de los alimentos y desarrolle productos más saludables, que en su momento estén en sintonía con los perfiles nutricionales, que tal y como se indicaba en el informe de la Comisión Europea es posible que en por fin vean la luz.
Puede consultar el texto completo en este enlace.