Revista
Además, se plantea una reforma del régimen sancionador para adaptarlo a la realidad de los drones, equiparándolos al de la aviación civil.Exclusión de los drones de pulverización del concepto de "medio de aplicación aérea": Se solicita una adaptación del artículo 3, apartado e), del Real Decreto 1311/2012, que establece el marco para un uso sostenible de los productos fitosanitarios, excluyendo a los drones de pulverización de la denominación de “medio de aplicación aérea”.Agilización de los procedimientos de autorización excepcional: Mientras se implementan las modificaciones propuestas, la moción pide que se agilicen los procedimientos de autorización excepcional establecidos en el artículo 28.1 del Real Decreto 1311/2012, lo que permitiría una mayor flexibilidad en el uso de drones para la aplicación de fitosanitarios.Regulación del seguro de responsabilidad para drones: Se propone la creación de un seguro de responsabilidad específico para la aplicación de productos químicos mediante sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), una medida que aseguraría la cobertura legal y operativa del uso de drones en la agricultura.Eliminación del aplazamiento de la exención de la aplicación aérea: Finalmente, la moción insta a eliminar el aplazamiento de la exención que actualmente afecta a determinadas aeronaves no tripuladas, tal como se establece en los puntos 27 y 28 del Reglamento propuesto por el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios.
El Parlament balear aprobó el pasado 31 de mayo la modificación de la ley turística de Baleares estableciendo medidas urgentes y dándole un nuevo enfoque que permita la sostenibilidad medioambiental y social y la circularidad de sector turístico del archipiélago.
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