Revista
El Consejo de Ministros ha modificado dos reales decretos sobre la aplicación de la PAC en España a propósito de cumplir la normativa comunitaria y regular la concesión del sistema de ayudas. Las novedades entrarán en vigor a partir de la campaña 2020.
Entre otras medidas, se ha reforzado el control de la figura del agricultor activo para comprobar que efectivamente está realizando la actividad agraria, a la vez que se han reducido los criterios para pertenecer a dicha figura. Se ha dotado de mayor flexibilidad a las ayudas hacia jóvenes agricultores, al tomar como referencia la fecha de su primera instalación en una explotación.
También se han realizado ajustes derivados de los controles de monitorización de parcelas, es decir, la observación de imágenes por satélite, para simplificar la gestión en la adjudicación de las ayudas. Dentro de estos ajustes, destaca un nuevo plazo de modificación de la solicitud única, con objeto de unificar las fechas para el cumplimiento de los requisitos para estos expedientes controlados por monitorización.
Las solicitudes de ayudas de la PAC correspondientes a la campaña 2020 regulada por esta norma podrán presentarse a partir del próximo 1 de febrero de 2020 y hasta el 30 de abril de dicho año. En la campaña 2019 se presentaron alrededor de 700.000 solicitudes de ayudas PAC.