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La Unión Europea ha modificado la normativa relativa a la apertura y gestión de un contingente arancelario de aceite de oliva originario de Túnez, que elimina los límites mensuales. Así lo ha publicado el Diario Oficial de la Unión Europea (UE) a través del reglamento UE 2015/2031 de la Comisión de 13 de noviembre de 2015. Esta flexibilización de las importaciones están justificadas por Bruselas ante la necesidad de adoptar medidas "para aliviar la situación económica de Túnez", tal y como recoge el Reglamento publicado este 14 de noviembre, y que se aplicará a los períodos de contingente que den comienzo a partir del 1 de enero de 2016. Con esta medida, el objetivo de la CE es "facilitar el comercio de aceite de oliva entre la Unión y Túnez, reduciendo las cargas administrativas que conlleva la gestión del contingente abierto por el Reglamento CE 1918/2006". Este último abrió un contingente arancelario anual de importación en la UE de aceite de oliva "enteramente obtenido en Túnez y transportado directamente desde ese país".
El artículo 2 de ese Reglamento fijaba límites mensuales para las cantidades de aceite de oliva con respecto a las cuales pueden expedirse certificados de importación en el marco del volumen global del contingente previsto. Sin embargo el Reglamento de modificación publicado el pasado 14 de noviembre en el Diario Oficial de la Unión Europea suprime los límites mensuales fijados hasta ahora. "Se abrirá este contingente el 1 de enero de cada año" y "los solicitantes podrán presentar una solicitud de certificado de importación cada semana, bien el lunes, bien el martes".
El Reglamento añade que el certificado de importación será válido desde la fecha efectiva de expedición del mismo, hasta el último día del período del contingente arancelario de importación y la garantía ascenderá a 20 euros por cada 100 kilos de peso neto.